Las principales novedades del nuevo Reglamento General de Conductores, aprobado el mes de mayo, afectan a la licencia para conducir ciclomotors (LCC) y a los permisos de motocicletas (los de la categoría A), así como a los plazos de renovación y vigencia de todas las autorizaciones para conducir. Entrará en vigor a partir de finales de este año.
A finales deaño habrá un nuevo carné de motocicleta, el A2, para conducir motos de hasta 500 c.c. Se podrá obtener de forma directa a los 18 años superando las pruebas correspondientes, o bien progresivamente, tras dos años de experiencia con el A1 y un examen práctico. La obtención del permiso límite de esta categoría, el A, será siempre progresiva, puesto que se exigirán dos años de antigüedad del A2.
Otra de las novedades es la transformación de la actual licencia de ciclomotor en el Permiso de Conducir AM, al cual se podrá acceder desde los 15 años cuando entre en vigor el septiembre del 2010. Además, seguirá estando prohibido que los menores de edad lleven pasajeros.
Renovaciones más fáciles: Con el nuevo Reglamento se simplifican los periodos de vigencia de los permisos.
Los no profesionales (AM, A1, A2, A, B y licencias) se renovarán cada 10 años hasta los 65 años de edad, y cada 5 después. Para los profesionales (BTP, C1, C, D) será cada 5 años hasta los 65, y cada 3 a partir de esa edad.