Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5366 24.4.2009
RESOLUCIÓN
TRE/1059/2009, de 20 de marzo, por la que se dispone la inscripción y la publicación
del Acuerdo de revisión salarial para el año 2009 del Convenio colectivo de
trabajo de oficinas y despachos (código de convenio núm. 7900375).
Visto el Acuerdo de revisión salarial para el año 2009 del Convenio colectivo de
trabajo de oficinas y despachos, suscrito por la Comisión Paritaria el día 2 de marzo
de 2009, y de conformidad con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto
legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la
Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de
22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo
170.1.e) y j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de
autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,
RESUELVO:
1 Disponer la inscripción del Acuerdo de revisión salarial para el año 2009
del Convenio colectivo de trabajo de oficinas y despachos (código de convenio
núm. 7900375), en el Registro de convenios de la Dirección General de Relaciones
Laborales.
2 Disponer que el Acuerdo mencionado se publique en el Diari Oficial de la
Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.
Notifíquese esta Resolución a la Comisión paritaria del Convenio.
Barcelona, 20 de marzo de 2009
SALVADOR ÁLVAREZ VEGA
Director general de Relaciones Laborales
Transcripción literal del texto firmado por las partes
ACUERDO
de revisión salarial para el año 2009 del Convenio colectivo de trabajo de oicinas
y despachos
ANEXO 1
Convenio colectivo de Oficinas y despachos de Cataluña
Tablas salariales año 2009
S1: salario mensual (14 pagas); S2: salario mensual (16,5 pagas).
Grupo profesional Salario anual S1 S2 |
Grupo 1 22.542,00 1.610,14 1.366,18 |
Grupo 2 18.972,00 1.355,14 1.149,82 |
Grupo 3 Nivel 1 18.360,00 1.311,43 1.112,73 |
Grupo 3 Nivel 2 17.646,00 1.260,43 1.069,45 |
Grupo 4 Nivel 1 16.728,00 1.194,86 1.013,82 |
Grupo 4 Nivel 2 16.524,00 1.180,29 1.001,45 |
Grupo 5 Nivel 1 16.320,00 1.165,71 989,09 |
Grupo 5 Nivel 2 16.116,00 1.151,14 976,73 |
Grupo 5 Nivel 3 15.300,00 1.092,86 927,27 |
Grupo 6 Nivel 1 14.994,00 1.071,00 908,73 |
Grupo profesional Salario anual S1 S2 |
Grupo 6 Nivel 2 13.464,00 961,71 816,00 |
Grupo 6 Nivel 3 12.342,00 881,57 748,00 |
Grupo 7 Nivel 1 12.240,00 874,29 741,82 |
Grupo 7 Nivel 2 11.322,00 808,71 686,18 |
Grupo 7 Nivel 3 10.812,00 772,29 655,27 |
ANEXO 2
Complemento Ex categoría profesional
I: importe mensual (14 pagas); S: salario mensual (16,5 pagas).
Categorías Importe anual I S |
Dibujante, operadores máquinas
básicas entrevistadores, encuestadores 408,00 29,14 24,73 |
Bedeles 612,00 43,71 37,09 |
Mozos, peones 306,00 21,86 18,55 |
ANEXO 3
Dietas 2009
El importe de las dietas queda establecido en los siguientes valores:
Dietas 2009 |
Dieta completa 50,49 |
Media dieta 21,42 |
Comida 8,67 |
Kilometraje 0,28 |
(09.086.167)
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