A partir del 1 de julio de 2010 entran en vigor las subidas de los tipos de I.V.A. aprobadas en las reformas implementadas por el Gobierno.
I.V.A. es la sigla que se utiliza para denominar al Impuesto sobre el Valor Añadido que se trata de un impuesto indirecto que recae sobre el consumo de bienes y servicios producidos o comercializados en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
En España existen tres tipos de I.V.A. y después de las reformas han quedado de la siguiente forma:
Tipo Impositivo General pasa del 16% al 18%
Tipo Reducido pasa del 7% al 8% se aplica entre otros, a los
alimentos en general, las viviendas, entradas a espectáculos,
gafas …
Tipo Reducido del 4% no tiene modificación, se aplica al pan,
leche, huevos, frutas, verduras, medicinas …
Los tipos de I.V.A. reducido se aplican a determinados bienes o servicios de uso general o considerados de primera necesidad.
Otros tipos que han sufrido modificación son:
Los productos naturales entregados obtenidos en explotaciones agrícolas y forestales pasan al 10%
Los productos naturales entregados obtenidos en explotaciones ganaderas o pesqueras al 8,5%
Recordar, que todos estos nuevos tipos impositivos,
entran en vigor
a partir del próximo 1 de Julio de 2010.
Asesoría Fiscal
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
También puede ser de su interés leer los siguientes artículos
*Revisión salarial para el año 2010 del Convenio de Oficinas y Despachos de Catalunya.
*Convenio comercio metal provincia de Barcelona 2009-2011.
*Empiezan las vacaciones y estoy de baja,¿Qué pasa?
*Revisión salarial para el año 2010 del Convenio de la industria sideromatalúrgica de la provincia de Barcelona.