Aquellos trabajadores que, finalizado el plazo de regularización, no hayan regularizado su situación se encontrará, según el caso, en la siguiente situación:
· los trabajadores que presten sus serviciospara un único empleador serán regulados «de oficio» y la base de cotización que se les aplicará será la del tramo superior.
· en cuanto a los que trabajen de manera parcial o discontinua para varios empleadores,serán dados de baja «de oficio»el 1 de julio del Régimen Especial del Hogar, con lo que perderán su protección.
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El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.