En reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha declarado nulo de pleno derecho el Real Decreto 1707/2011, de 18 noviembre de 2011, por el cual no había que dar de alta en Seguridad Social a los becarios universitarios o de formación profesional con contraprestación económica durante sus prácticas.
De este modo, a partir de ahora todas las empresas privadas u organismos públicos que tengan en su plantilla a este tipo de becarios estarán obligadas a darlos de alta en Seguridad Social con una cotización especial que cubrirá todas las contingencias de seguridad social excepto desempleo.
La sentencia también abre la posibilidad de que los becarios, o los que lo hayan sido, puedan reclamar que las empresas abonen las cotizaciones no realizadas desde noviembre de 2011. No obstante, cabe la posibilidad que, debido a que las empresas cumplían la normativa que estaba en ese momento en vigor, acaben reclamando la responsabilidad del Estado para que las pague éste
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