Las notificaciones, tanto desde la Agencia Tributaria como desde la Seguridad Social, ya se comunican electrónicamente (notificaciones electrónicas).
Desde la Agencia Tributaria la obligación es para todas las entidades jurídicas (sociedades anónimas S.A. y sociedades limitadas S.L.). Por ahora quedan exentos los autónomos (empresarios individuales), aunque en breve puede aplicarse también la obligación para este grupo de empresarios.
En cuanto a la Seguridad Social la obligación de incorporarse al Sistema Red es para aquellas empresas y sujetos (autónomos) que tengan obligación de cotizar. Excepto los autónomos que no tengan empleados a su cargo, pero en el mismo momento que contratan un trabajador ya quedan también obligados.
Tanto desde la Agencia Tributaria como desde la Seguridad Social puede apoderar a un tercero, solo uno, para que le gestione las notificaciones. La solicitud de apoderamiento debe realizarse independientemente a cada entidad (Agencia Tributaria y Seguridad Social) porque las notificaciones electrónicas se realizan por plataformas informáticas independientes.
La notificación telemática tiene como principal objeto: reclamaciones de deuda, gestión recaudatoria, providencias de apremio, comunicación del inicio del procedimiento de deducción, procedimientos tributarios, aduaneros y estadísticas.
Desde Gremicat podemos gestionar la recepción de sus Notificaciones Telemáticas (Agencia Tributaria y/o Seguridad Social) y con ello se beneficiará:
– Control diario de Notificaciones Electrónicas
– Un profesional revisa, informa y gestiona la Notificación
– Evitar posibles sanciones por no contestar, al no acceder telemáticamente, en el plazo debido a la Notificación recibida
En caso de estar interesados pueden contactar con Gremicat para informarles de la documentación necesaria para la tramitación del apoderamiento para las Notificaciones Telemáticas.
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.