La modificación del Código Penal Español publicada el 31 de marzo de 2015, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 1 de julio, establece la necesidad de que los órganos de administración de las empresas adopten y ejecuten modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control para prevenir y reducir de forma significativa el riesgo de cometer delitos susceptibles de ser cometidos por las personas jurídicas, en el ámbito penal.
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Reforma del Código Penal: Obligación de las empresas de implementar un programa de Cumplimiento Penal (Compliance)
La modificación del Código Penal Español publicada el 31 de marzo de 2015, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 1 de julio, establece la necesidad de que los órganos de administración de las empresas adopten y ejecuten programas de compliance. Es decir, de modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control para prevenir y reducir de forma significativa el riesgo de cometer delitos susceptibles de ser cometidos por las personas jurídicas, en el ámbito penal.
No referimos aquellos casos en que la empresa obtiene un beneficio directo o indirecto por la comisión de un delito cometido a través de sus trabajadores, directivos o administradores.
En estos casos la empresa puede ser condenada penalmente a las penas siguientes:
1. Multas económicas;
2. Disolución de la empresa y cese de actividad, por tanto;
3. Suspensión temporal de actividades;
4. Clausura de locales;
5. Prohibición de realizar en el futuro determinadas actividades;
6. No poder obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con el sector público o gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social;
7. Intervención judicial.
A fin de evitar la responsabilidad penal de la empresa y evitar que sea condenada a alguna de las anteriores penas la Ley, desde el desde el 1 de julio de 2015, exige que la empresa debe adoptar un modelo de organización y gestión, estableciendo modelos de gestión de los recursos financieros, imponiendo la obligación a sus empleados de informar de posibles riesgos e incumplimientos de la empresa, así como sancionar disciplinariamente aquellos que incumplan el sistema.
Por parte de la Fiscalía General del Estado se va a publicar en los próximos días una circular en la que aclarará a empresas y fiscales los requisitos necesarios para considerar eficientes los programas de cumplimiento normativo.
Dado que no existe un reglamento específico, el documento aclarará muchas cuestiones acerca de la implementación de los modelos. Además, el cumplimiento normativo de compliance será de obligatoriedad para las empresas que quieran contratar con el sector público.
Desde Gremicat os mantendremos informados puntualmente sobre todas las novedades que se vayan produciendo y ya os avanzamos que estamos trabajando para facilitar a todos nuestros clientes un sistema de compliance penal, que evite la responsabilidad penal de su empresa, por lo que próximamente recibirán información al respecto.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría Mercantil y Civil