Aquellos trabajadores autónomos que en 2015 se hayan encontrado en situación de pluriactividad, es decir, que además de haber cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) también haya mantenido una relación laboral por cuenta ajena, pueden solicitar la devolución de una parte de cuotas pagadas durante el ejercicio.
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Devoluciones por doble cotización
Los trabajadores autónomos que, también hayan realizado trabajos por cuenta ajena, cotizando de manera simultánea en un año, respecto de contingencias comunes, y por lo tanto en régimen de pluriactividad por una cuantía igual o superior a 12.245,98 euros, tendrán derecho a una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la mencionada cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial.
Para el importe total liquidado, se tendrán en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial.
La presentación de la solicitud de devolución finaliza el 30 de Abril del 2016.
Para ampliar esta información consulta con Asesoría laboral