Con efectos de 28-5-2017 y como consecuencia de la próxima entrada en vigor del sistema de Suministro inmediato de información (SII), se otorga un plazo extraordinario y se permite, hasta el 15-6-2017:
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-Renunciar al régimen especial de Grupo de entidades (REGE).
-Solicitar la baja en el Registro de devolución mensual (REDEME).
En el caso de entidades que apliquen el REGE, la solicitud debe ser presentada por la entidad dominante y debe referirse a todas las entidades del grupo que apliquen el régimen especial.
Los efectos de la renuncia o de la solicitud de baja tendrán efectos desde el 1-7-2017.
En esta norma además, se deniega a los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del impuesto para el año 2017, la posibilidad de optar a aplicar el SII durante este año.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría fiscal