Si usted es autónomo, en general puede solicitar el cambio de su base de cotización en dos plazos:
[texto_central]
Antes del 1 de mayo, con efectos a partir del 1 de julio, y antes del 1 de noviembre, con efectos a partir del 1 de enero del año siguiente. Recuerde que en 2017 la base mínima es de 893,10 euros y la máxima, de 3.751,20 euros.
Ahora bien, si a 1 de enero de 2017 usted tenía 47 años y su base era inferior a 1.964,70 euros, su base máxima en 2017 será de 1.964,70 euros. Ello salvo que solicite una base superior antes del 30 de junio, situación que surtirá efectos a partir del 1 de julio. Por tanto, si se encuentra en esta situación y quiere tener una base más elevada, no se demore y efectúe el trámite antes de que finalice el mes.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral