Es importante saber los plazos para comunicar los partes de enfermedad por parte del trabajador a la empresa y los plazos que tiene la empresa para remitir los partes de enfermedad a la seguridad social.
[texto_central]
Plazos para la entrega de los partes médicos por parte del trabajador
– En caso de baja o confirmación: El trabajador tiene un máximo de 3 días hábiles para hacer entrega de este a la empresa, a contar desde el día de expedición del parte.
En caso de alta: El trabajador tiene un máximo de 24 horas desde la expedición del parte médico de alta para hacer entrega de este a la empresa.
Plazos para que la empresa comunique los partos de enfermedad a la Seguridad Social
Las empresas tienen la obligación de remitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social, con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción del parte presentado por el trabajador, los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral