A partir del 1 de octubre de 2018, por parte de la Seguridad Social, ya no se envían notificaciones de forma física. Todas las notificaciones se realizan de forma telemática.
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Obligatoriedad de notificación telemática de comunicaciones de seguridad social para los autónomos.
Esta normativa afecta por igual a los Autónomos físicos, como a los Autónomos societarios (administradores de Sociedades).
La mayoría de los actos administrativos, de la Seguridad Social, se notificarán por vía telemática. Puede ser:.
– Reclamaciones de deuda.
– Providencia de apremio.
– Actos de vía ejecutiva.
– Procedimientos de deducción .
– Aplazamientos.
– Devolución de ingresos.
La Notificación a los 10 días de estar informado telemáticamente, se haya accedido o no a su contenido, la Seguridad Social da por cumplido el trámite de la Notificación y continúa con el procedimiento.
Ante la próxima publicación de la Orden Ministerial que modificará la actual Orden ESS/484/2013 de 26 de marzo, que regula el Sistema RED, que establecerá la obligatoriedad de incorporación al mismo para todos los colectivos de trabajadores por cuenta propia del Sistema de la Seguridad Social, es importante anticipar la realización de los siguientes tramites del autónomo con su asesor o gestor:
? Asignación a la autorización RED del gestor del Número de Afiliación del trabajador Autónomo (con la tramitación de certificado digital, el registro en ‘Cl@ve’ y activación de su contraseña o la aportación de la contraseña del DNI electrónico con lector de este tipo de tarjetas).
? Dado que esta incorporación al Sistema RED, implicará su obligatoriedad a la Notificación Telemática de la Seguridad Social, es muy importante tener informados tanto el número de teléfono móvil, como la dirección de correo electrónico para la correcta recepción de los avisos de puesta disposición de las notificaciones.
Desde la Tesorería de la Seguridad Social, mediante el envío de cartas a todos los trabajadores autónomos afectados, se les invita a facilitar sus datos de contacto, y a solicitar su asignación a la autorización RED del profesional que gestione sus asuntos con la Seguridad Social.
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