A partir del 1 de enero de 2023, se ha establecido un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos. Si el autónomo no comunica la modificación de la base de cotización, se mantendrá la del 2022.
Tanto la base de cotización elegida/modificada nueva o como si continua con la base de cotización que tenía en diciembre de 2022, tendrán carácter provisional hasta el momento de la regularización que se realizará en el ejercicio siguiente.
Como ya se ha ido informando, a partir del 1 de enero de 2023, se ha establecido un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos basado en los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales.
El autónomo puede continuar con la misma base de cotización que tenía hasta diciembre de 2022 o modificar su base de cotización en función de la previsión del promedio mensual de sus rendimientos netos anuales conforme a una tabla general de bases, fijada cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Es importante destacar que, tanto la base de cotización elegida/modificada nueva o como si continua con la base de cotización que tenía en diciembre de 2022, tendrán carácter provisional hasta el momento de la regularización que se realizará en el ejercicio siguiente, tomando los rendimientos anuales obtenidos y comunicados por la Administración tributaria correspondiente.
El autónomo puede cambiar la base de cotización hasta seis veces al año eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo aplicables.
El primer periodo para solicitar el cambio de base es: entre el 1 de enero y el último día de febrero, y el cambio tendrá efectos el 1 de marzo.
Ejemplo: La seguridad social fijará la base de cotización del año definitiva del 2023 a partir de julio de 2024 (una vez presentada la renta del año 2023), y en ese momento comprobará si la base de cotización elegida/modificadas nueva o la que venía pagando es la correcta, y si no fuera la correcta, realizará una regularización.
Si quiere conocer en qué tramo de base de cotización estará, en previsión de sus ingresos netos anuales del 2023, pueden realizar el cálculo en el siguiente link de la seguridad social:
https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/tramites/simuladorRETAPublico
Si el autónomo no comunica la modificación de la base de cotización, se mantendrá la base de cotización del 2022.
Solicitud de modificación de la base de cotización
Si quiere que Gremicat proceda a realizar la modificación de la base de cotización, debe ponerse en contacto con su asesor/a laboral, para adecuarla a los ingresos netos estimados por el autónomo en el 2023.
Para realizar la tramitación necesitaremos el certificado digital del autónomo.
Estudio cálculo de la base de cotización más el trámite de presentación de la modificación de la base de cotización en la seguridad social tiene unos honorarios de 75,00€ + IVA.
El trámite para la emisión del Certificado Digital del autónomo (válido 4 años) tiene unos honorarios de 85,00€ + IVA.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral