Desde el 1 de abril de 2023 el trabajador ya no está obligado a presentar el parte de baja a la empresa por incapacidad temporal.
Desde el 1 de abril de 2023 los trabajadores ya no están obligados a presentar el parte de baja por incapacidad temporal a la empresa, esta nueva norma puede implicar cambios en el funcionamiento interno de la empresa y condicionar la logística de la misma.
La baja de un trabajador supone un cambio interno en la organización de las tareas que debe solucionarse lo antes posible para no afectar la actividad diaria de la empresa.
Cambios en la organización interna:
Desde Gremicat aconsejamos, en aquellos contratos de trabajo que se firmen posteriormente al 1 de abril de 2023, introducir una cláusula donde se informe que el trabajador debe avisar a la empresa lo antes posible de la baja por incapacidad temporal.
Para aquellos contratos en vigor antes del 1 de abril de 2023, avisar mediante correo electrónico que el trabajador también debe comunicar la baja por incapacidad temporal.
Uno de los cambios de la nueva normativa será que en el parte de baja deberá hacerse constar por escrito las funciones que el trabajador realiza en la empresa, y que estas deberán coincidir con las funciones descritas en el contrato de trabajo y también en la categoría laboral descrita en la nómina.
Ante los cambios de la nueva normativa recordamos que estamos a vuestra disposición ante cualquier duda que os pueda surgir a través de vuestro asesor laboral.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral.