Se actualiza la compensación de gastos por kilometraje para quienes usen un vehículo para desarrollar su trabajo, que alcanza ahora hasta los 0,26 euros por kilómetro recorrido.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el 17 de julio de 2023 la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se actualiza la compensación de gastos por kilometraje para quienes usen un vehículo para desarrollar su trabajo, que alcanza ahora hasta los 0,26 euros por kilómetro recorrido.
La misma cubre el combustible y los gastos relacionados con el desgaste ocasionado al vehículo y sus posibles averías. También entran dentro de esta protección, aunque de manera proporcional, el seguro y los impuestos relacionados con el vehículo.
Esta orden entra en vigor a partir del 18 de julio de 2023.
Esta indemnización o exención tenía una cuantía hasta el momento de 0,19 euros por kilómetro, cantidad establecida en el año 2005.
Para el conjunto de trabajadores contribuyentes de IRPF que utilicen el vehículo para trabajar, las exenciones se aplicarán permitiendo excluir de la declaración del impuesto la cantidad resultante de multiplicar 0,26 euros por los kilómetros recorridos. Un trámite para el que será necesario contar con un documento que justifique el desplazamiento, y en el que se podrán incluir de los gastos de peaje y aparcamiento que hayan sido necesarios.
La actualización a 0,26 euros era algo pendiente por distintos motivos. Uno de ellos es que la cifra llevaba sin actualizarse desde 2005, año en el que se instauraron los 0,19 euros tanto para la indemnización como para la exención en el IRPF. A esto se han sumado otros factores determinantes sobre el precio final de las materias primas, como la invasión rusa de Ucrania, que provocó una escalada histórica de los precios de la energía.
Las consecuencias de la tensión bélica en Ucrania han provocado que, actualmente, los precios de la gasolina o el gasóleo sean casi el doble de lo que eran en 2005, cuando se llevó a cabo la última actualización. La realidad actual hace evidente la necesidad de llevar a cabo la actualización de estas compensaciones, con la correlativa elevación de los importes exentos en concepto de dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría fiscal.