El Tribunal Supremo ha declarado ilegales las fotografías tomadas por un detective privado a un trabajador mientras realizaba labores en su jardín, estando de baja por cervicalgia.
El Tribunal Supremo confirma la improcedencia del despido basado en un informe de un detective privado.
El Tribunal Supremo ha declarado ilegales las fotografías tomadas por un detective privado a un trabajador mientras realizaba labores en su jardín, estando de baja por cervicalgia.
Según el tribunal, el ámbito del jardín es parte de la vida íntima, personal y familiar del individuo y no puede ser invadido sin su consentimiento.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha ratificado la improcedencia del despido del trabajador, ya que la única prueba presentada fue el informe del detective con fotografías que violaban su derecho a la intimidad.
Esta decisión establece que el despido basado en fotografías obtenidas en el jardín de la vivienda del empleado es ilícito, según la Sala de lo Social del Alto Tribunal.
El trabajador, un limpiador, presentó una incapacidad temporal por cervicalgia y, dos meses después, fue despedido disciplinariamente basándose en un informe de un detective privado con fotografías tomadas en su jardín.
La sentencia del Tribunal Supremo, recurso 2339/2022, del 25 de mayo de 2023, determina que las fotografías del jardín del trabajador constituyen una invasión de su privacidad y no pueden ser utilizadas como prueba para respaldar el despido. Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Galicia como el Tribunal Supremo han declarado la improcedencia del despido en este caso.
La Ley de Seguridad Privada excluye explícitamente la realización de investigaciones en domicilios o lugares reservados por parte de los detectives privados.
El Tribunal Supremo sostiene que el jardín y el huerto de la vivienda son espacios en los que el trabajador tiene una legítima expectativa de privacidad, y que no pueden ser objeto de intromisión por parte de terceros sin su consentimiento. Como resultado, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ratifica la improcedencia del despido y rechaza el recurso de casación presentado por la empresa.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral