Cuando de produce un accidente laboral, siempre que se pueda, se asistirá al centro asistencial de nuestra Mutua mas cercano al lugar del accidente para recibir la asistencia sanitaria correspondiente.
Si el trabajador accidentado necesita una asistencia sanitaria de carácter urgente, se trasladará al centro sanitario mas cercano al lugar del accidente, aunque no pertenezca a la red de centros de la Mutua que la empresa tenga contratada.
El trabajador accidentado debe acudir al centro asistencial con su DNI y con el volante de solicitud de asistencia.
Después de recibir la asistencia sanitaria, el equipo médico de la Mutua puede determinar el pase del trabajador a la situación de baja laboral si este se ausenta al menos un día de su puesto de trabajo (sin contar el día del accidente). En este caso la empresa debe cumplimentar el parte de accidente laboral.
Dicho parte de accidente laboral también deberá tramitarse en el supuesto de que el trabajador accidentado sufra una recaída.
En los supuestos de que el accidente sea grave, muy grave, provoque el fallecimiento del trabajador o que afecte a mas de cuatro trabajadores, la empresa además ha de comunicar el accidente a la autoridad laboral de la provincia donde haya sucedido el accidente laboral en un plazo máximo de veinticuatro horas.
Mas información contactando con Asesoría Gremicat.