La implantación de los trámites telemáticos está más extendida entre las distintas administraciones. Tanto la Agencia Tributaria como la Seguridad Social han ido extendiendo los servicios on-line, hasta el punto de que cada vez es menos necesario personarse en las oficinas de una delegación para realizar un procedimiento.
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Los trámites telemáticos hacen necesario disponer de un sistema de firma que sustituya la rúbrica manuscrita en el papel. Esa firma es el certificado digital, imprescindible para el autónomo si quiere contratar un trabajador.
El Certificado Digital es una herramienta necesaria para operar con las Administraciones estatales, autonómicas o locales y es imprescindible para la contratación de trabajadores desde el año 2015.
Las transmisiones telemáticas a la Seguridad Social se efectúan a través del Sistema RED, que requiere estar debidamente autorizado por la Tesorería. Hasta ahora, para acceder a este servicio se requiere un certificado SILCON o DNI electrónico, que permite autentificar y asegurar la confidencialidad de las transmisiones.
Sin embargo, el certificado SILCON dejará de ser válido a partir del mes de septiembre de 2016.
A partir de esa fecha, para el acceso al Sistema Red y al resto de los servicios disponibles en la Sede Electrónica, los autorizados deberán identificarse con cualquiera de los certificados digitales expedidos por las Autoridades de Certificación incluidos en la página web de la Seguridad Social.
Lo más común es que el autónomo pase a utilizar es el mismo certificado empleado para los trámites con la Agencia Tributaria, que puede obtenerse a través de la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el DNI electrónico.
El problema es que no todos los contribuyentes están familiarizados con el uso de las nuevas tecnologías y la obtención y uso de certificados puede no ser tan simple como parece.
Si el autónomo es una persona física deberá ir a una Administración de Hacienda, Seguridad Social o Ayuntamiento y presentar el DNI y la Solicitud de Certificado previamente descargada de la página de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre). Si fuera una Comunidad de Bienes, Sociedad Civil o similar, acudirá a Hacienda el representante con su DNI, junto a los estatutos y/o representación de la CB o SC, así como la solicitud de Certificado de la FNMT. Si se trata de una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima, acudirá el administrador con su DNI, el Certificado del Registro Mercantil del Representante para Certificado Digital y la Solicitud de Certificado de la FNMT.
La mayor parte de los autónomos tienen externalizados los trámites de contratación en servicios profesionales externos. Para autorizar a un tercero a realizar la contratación en nombre propio, una vez obtenido el certificado hay que ir a la opción habilitada para ello en la página web de la Seguridad Social, en gestión de autorizaciones.
Para ampliar esta información consulta con Asesoría laboral