Prestación económica de un pago único, por un importe fijo de 2.000 , para el mantenimiento de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas.
Ayuda extraordinaria de la Generalitat de Cataluña para autónomos
Se trata de una ayuda extraordinaria de la Generalitat de Cataluña, en forma de prestación económica de un pago único, por un importe fijo de 2.000, para el mantenimiento de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas (persona física y las personas trabajadoras autónomas que formen parte de una microempresa), ante los efectos de las nuevas medidas adoptadas para hacer frente a la COVID-19.
Requisitos para acceder como beneficiario:
– Tener el domicilio fiscal en un municipio de Cataluña.
– Personas trabajadoras autónomas que ejerzan una actividad económica individual o que tengan hasta 5 personas contratadas.
– Personas trabajadoras autónomas que formen parte de una sociedad, limitada o cooperativa, de hasta 3 socios y que en total sean un máximo de hasta 6 personas (socios + trabajadores).
Nota: el personal que computa es el que estaba contratado de forma ininterrumpida en el año 2019.
Requisitos que se deben cumplir:
– Estar dado de alta como autónomo como mínimo antes del 1 de enero de 2021.
– Mantener alta como persona trabajadora autónoma de forma ininterrumpida, como mínimo, hasta el 28 de febrero de 2021.
– Que la base imponible de la declaración de la renta de 2019 sea igual o inferior a 35.000.
– El rendimiento neto de la actividad de todo el año 2020 no debe superar el importe de 17.500. En caso de que la última alta como persona trabajadora autónoma sea posterior al 1 de enero de 2020, el importe del rendimiento neto de la actividad no puede superar el resultado de multiplicar el número de días de alta como persona autónoma durante el año 2020 para 47,95
– No tener otorgados subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes inscritos en el programa de Garantía Juvenil para el año 2020.
– No es subvencionable el autónomo colaborador.
Plazo para presentar la solicitud
Se puede presentar desde las 9.00 horas del día 19 de febrero de 2021 hasta las 15h del día 26 de febrero de 2021.
Es importante destacar que para poder solicitar esta ayuda será necesario tener certificado digital de persona física o el idCAT Móvil
Gremicat tiene un acuerdo de colaboración con La consultora CISLE (Centro de Información Social Laboral y Empresarial), ofrece servicios orientados en la busca y tramitación de subvenciones para empresas y autónomos, y asesora a todos los clientes de Gremicat sobre todas las subvenciones derivadas del COVID-19 que vayan saliendo.
Pueden solicitar información y asesoramiento sobre esta y otras posibles subvenciones a nuestro colaborador:
Sr. Joaquín Novales
info@cisle.es
Telf. 630 75 12 59
Portal de l´Angel, 36 Edif. Networkia
08002-Barcelona.