Nuestra asesoría de seguros informa sobre la nota publicada por el Consorcio de Compensación de Seguro de fecha 27 de enero de 2009.
El Consorcio de Compensación de Seguro es una Entidad pública empresarial que tiene como una de sus funciones fundamentales, de acuerdo con su Estatuto legal, indemnizar las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios acaecidos en España y que afecten ariesgos en ella situados, entendiendo por tales los daños directos en las personas y los bienes, así como, si así lo establece la correspondiente póliza, la pérdida de beneficios, derivados de los mismos. Como acontecimientos extraordinarios, la normativa citada incluye, entre otros, ciertos fenómenos de la naturaleza, como terremotos y maremotos, las inundaciones extraordinarias, las erupciones volcánicas y la denominada tempestad ciclónica atípica. Esta última incluye entre su tipología a los vientos extraordinarios, definidos reglamentariamente como aquellos que presenten rachas que superen los 135 km/h.
Por ello, el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará los daños a las personas y a los bienes que se encuentren asegurados, producidos por el temporal del pasado fin de semana en varios puntos de la geografía nacional, en aquellas zonas en las que las rachas de viento hubiesen podido, de acuerdo con estimaciones razonables, alcanzar los 135 km/h. y se hubiese producido, en consecuencia, el fenómeno definido como tempestad ciclónica atípica en la legislación del seguro de riesgos extraordinarios.
En las zonas en las pueda excluirse que los vientos, a pesar de su fuerza, superasen dicha velocidad máxima, los asegurados afectados serán indemnizados por sus respectivas aseguradoras sobre la base de la póliza de seguro que tuvieran contratada.
Para delimitar las zonas en las que corresponde al Consorcio valorar e indemnizar los daños, esta Entidad ha solicitado, de acuerdo a lo que prevé la legislación, el informe de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). Aun cuando el estudio definitivo de AEMET no se ha concluido, de las informaciones provisionales que con carácter de urgencia ha solicitado el Consorcio, se desprende que, al menos, puede confirmarse que los vientos extraordinarios han afectado a parte de las franjas costeras de Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco, así como a algunas zonas montañosas interiores de Galicia, Asturias y León. En Cataluña se ha visto afectada un área próxima a la desembocadura del río Ebro, así como otras en el Pirineo. La relación definitiva de términos municipales que pueden considerarse afectados por la tempestad ciclónica atípica será, obviamente, más extensa.
De las capitales de provincia y núcleos densos de población, se puede avanzar que la tempestad ciclónica atípica se ha producido en Santander y en Torrelavega, así como en Avilés, descartándose que se haya producido en A Coruña y Ferrol. No obstante, aún han de contrastarse algunos de los datos recogidos por la AEMET, por lo que no puede facilitarse todavía una lista final de demarcaciones afectadas. Una lista más detallada de municipios podría estar disponible, de acuerdo con las previsiones, en las próximas 48 horas a más tardar.
A la vista de lo anterior, y entendiendo de la máxima urgencia responder a la inquietud de los afectados y de los medios de comunicación, el Consorcio, además de contactar con los responsables de la Agencia, lo ha hecho también con la Asociación de Entidades Aseguradoras (UNESPA), con el propósito de coordinar las actuaciones con las aseguradoras privadas, que ya están recibiendo las primeras reclamaciones. De acuerdo con ello, el Consorcio de Compensación de Seguros colgará de su página web tan pronto esté en condiciones de ello, la lista de términos municipales, ordenados por comunidades autónomas y provincias, que pueden considerarse afectados por la tempestad ciclónica atípica.
Entretanto, se recomienda a los afectados que dirijan a la mayor brevedad sus reclamaciones a sus entidades aseguradoras, quienes se coordinarán con el Consorcio para remitir a dicha Entidad aquellas que finalmente le correspondan. Una vez el listado de municipios esté disponible, aquellos afectados que lo deseen podrán remitir sus reclamaciones al propio Consorcio, cuyas oficinas regionales constan en la propia página web. En ningún caso será necesario que reclamaciones previamente remitidas a las entidades aseguradoras vuelvan a serlo de nuevo al Consorcio.
Finalmente, se recomienda que aquellos afectados que necesiten efectuar reparaciones inaplazables conserven fotografías de los daños y facturas correspondientes a las reparaciones.
Desde nuestra asesoría de seguros estamos a su disposición para asesorarles en este tema, tanto a los afectados en seguros individualescomo en seguros de empresas. También desde nuestra asesoría jurídicaatenderemos sus consultas.
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