Si la mayoría de sus trabajadores van a hacer vacaciones próximamente y usted necesita cubrir esas ausencias con nuevos empleados, formalice dichas contrataciones mediante un contrato eventual.
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Contrato Eventual
Si la mayoría de sus trabajadores van a hacer vacaciones próximamente y usted necesita cubrir esas ausencias con nuevos empleados, formalice dichas contrataciones mediante un contrato eventual por circunstancias de la producción. Éste es el contrato más adecuado debido a la desproporción que habrá entre el trabajo a realizar y el personal del que dispondrá. Además, dado que el período de vacaciones no supone una suspensión del contrato sino una interrupción de la prestación de servicios procede formalizar dicho contrato y no el de interinidad (dicho contrato sirve para cubrir la ausencia de un trabajador con reserva de puesto de trabajo, como en caso de IT o de baja por maternidad o paternidad). Por tanto:
· Cuando se prepare el contrato, se deberá indicar que la causa de la temporalidad es la de cubrir los períodos de vacaciones del personal fijo, y especificar con exactitud qué períodos se van a cubrir y cuáles van a ser los trabajadores sustituidos. No es válido indicar de forma genérica que el contrato sirve para «sustituir a empleados en vacaciones».
· Se deberá asegurar de que la duración del contrato sea la misma que la duración de las vacaciones de los sustituidos.
Si no se cumple con ambos requisitos, los sustitutos alegarán que el contrato es fraudulento y, a su término, podrán demandar por despido improcedente.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral