Convenio colectivo de trabajo del sector Comercio del Metal de la provincia de Barcelona para los años 2009-2011.
Butlletí Oficial de la Provincia (BOP) de Barcelona número 113 de fecha 12 de mayo de 2010
El convenio obliga a todas las empresas cuya actividad exclusiva o principal, desarrollada profesionalmente y con establecimiento mercantil abierto, consista en la venta, comercialización y/o distribución bien sea al detalle o al por mayor de toda clase de productos que contengan total o parcialmente materiales metálicos, o realicen actividades similares y/o afines a las incluidas en este apartado.
Quedan comprendidos dentro del ámbito del Convenio todos los trabajadores que presten sus servicios por cuenta de alguna de las empresas comprendidas en el mismo, y cualquiera que sea el grupo profesional que ostenten. Asimismo quedarán incluidos aquéllos que, sin pertenecer a la plantilla de las empresas en cuestión, en el momento de firmarse el Convenio comiencen a prestar su trabajo durante la vigencia de éste.
El Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2009 y su duración será de tres años para todas las empresas de su ámbito, que finalizará el 31 de diciembre del año 2011, pudiendo prorrogarse de año en año por tácita reconducción, si no mediara denuncia del mismo.
El Convenio trata también sobre
La comisión paritaria
Compensación, garantía personal y absorción.
Contratación
Clasificación profesional
Condiciones económicas
Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
Extinción del contrato
Permisos y excedencias
Régimen asistencias
Derechos sindicales
Régimen disciplinario
Inaplicación salarial
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Asesoría Laboral
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