Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Barcelona ha declarado como improcedente el despido de un trabajador que tenía suscrito un contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores con un periodo de prueba de un año.La sentencia considera que esta disposición es contraria a la Carta Social Europea, por la cual las partes contratantes se comprometen a reconocer el derecho de todos los trabajadores a un plazo razonable de preaviso en caso de terminación del empleo y, por tanto, la regulación del contrato de apoyo a emprendedores de fijar un periodo de prueba de un año es contraria a la norma internacional.
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