Esta nueva obligación está regulada, a partir del 22 de diciembre de 2013, dentro de una nueva normativa de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar el empleo.
Forma de comunicación
La comunicación se debe realizar a través de un nuevo fichero CRA (Conceptos Retributivos Abonados) que cada empresa debe enviar por cada una de sus cuentas patronales y desglosando por cada trabajador: Concepto retributivo, indicador de cotización (incluida o excluida) e importe.
Periodo de presentación
La comunicación es mensual y debe realizarse en cada plazo reglamentario de ingreso de cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social, es decir en el mismo momento que se presentan los Seguros Sociales.
Quien está obligado
Toda empresa, jurídica o autónomo, con trabajadores encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social deberán presentar el nuevo fichero CRA (Conceptos Retributivos Abonados)
Sanciones
Ni el Real Decreto ni la Tesorería General de la Seguridad Social precisan las consecuencias del incumplimiento de la presentación del CRA (Conceptos Retributivos Abonados) o de errores en el cumplimiento de la cotización.
Advertencias
Nos encontramos ante una labor de asistencia para obtener nueva información, por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, y que puede derivar a un tema fiscalizador.
Importante, más que nunca, revisar la confección de las nóminas para que refleje correctamente todas las novedades introducidas por la nueva normativa y con la misma información que incluirá el fichero CRA (Conceptos Retributivos Abonados)
Funciones de Gremicat
Hemos realizado la presentación, ante la Tesorería General de la Seguridad Social, del fichero CRA (Conceptos Retributivos Abonados) de todos nuestros clientes.
Estamos a la disposición de nuevos clientes y empresas, para la revisión de sus nóminas su correcta cotización de los conceptos retributivos y la confección y presentación del fichero CRA (Conceptos Retributivos Abonados) ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría Laboral
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.