Algunos Seguros de Vida están vinculados a operaciones tales como:
- Operación Hipotecaria
- Seguros colectivos de convenio de la empresa
- Compra de billetes mediante tarjeta de crédito
- Suscripciones a diversas asociaciones
A menudo, nosotros mismos no somos conscientes de que disponemos de estos seguros de vida.
Para evitar que muchos beneficiarios, de los seguros de vida, se quedaran sin percibir lo que les correspondían se constituyó el Registro de Contratos de Seguro de Fallecimiento.
Todo ciudadano que entienda sea beneficiario de un seguro de vida suscrito por un familiar puede dirigirse al Registro de la siguiente forma:
· Plazo superior a los 15 días desde el fallecimiento del asegurado
· Presentar Certificado de Defunción
· Rellenar documento de solicitud Modelo 790
En un plazo no superior a los 7 días hábiles de la fecha de recepción, el Registro emitirá un certificado donde constan:
- Los contratos que están vigentes a favor del fallecido
- Las entidades aseguradoras donde están concertados
La persona que ha solicitado la información puede dirigirse, con el certificado, a las aseguradoras y obtener información de si es beneficiario de las pólizas.
Desde 2007 se han recibido más de un millón y medio de consultas de las que se han contestado con resultado positivo unas 500.000.
Registro de Contratos de Seguros de Fallecimiento:
Plaza de Jacinto Benavente, 3
28012 Madrid
Tel 91.389.53.22
www.mjusticia.gob.es
Para ampliar esta información consulte con Seguros
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.