En una reciente sentencia, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha resuelto que las empresas podrán retractarse de un despido disciplinario antes de la fecha fijada para su efectividad, siempre que se cumplan determinados requisitos.
El caso concreto que motivó la sentencia se refería al despido disciplinario de un trabajador por parte de una empresa. La carta de despido fijaba la fecha de efectos de este para un mes después de su comunicación. Sin embargo, antes de la llegada de esa fecha, la empresa decidió retractarse de su decisión y comunicó al trabajador su intención de mantener la relación laboral.
El trabajador, en desacuerdo con esta decisión, impugnó el despido ante la jurisdicción social. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social como la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestimaron su demanda, considerando que la retractación empresarial era válida.
La Sala, en su argumentación, señaló que si bien el artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que el despido disciplinario no está sujeto a un plazo de preaviso, ello no significa que la fecha de efectos de este deba coincidir necesariamente con la fecha de comunicación. En este sentido, la Sala consideró que la empresa puede fijar una fecha de efectos posterior a la comunicación del despido, siempre que dicha fecha no sea anterior a la misma ni responda a plazos injustificados o desproporcionados de preaviso.
Asimismo, la Sala destacó que la retractación empresarial debe realizarse de forma fehaciente, comunicándose al trabajador de manera clara y expresa la decisión de dejar sin efecto el despido y el mantenimiento de la relación laboral.
Esta sentencia supone un importante avance en materia de derechos de los trabajadores, ya que abre la posibilidad de que las empresas puedan reconsiderar su decisión de despido disciplinario antes de que el mismo se haga efectivo.
Análisis:
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León es una buena noticia para los trabajadores, ya que les permite tener una segunda oportunidad en caso de que la empresa haya decidido despedirlos disciplinariamente.
Sin embargo, es importante destacar que la retractación empresarial no es un derecho automático del trabajador, sino que depende de la voluntad de la empresa y del cumplimiento de los requisitos establecidos en la jurisprudencia.
Por otro lado, la sentencia también tiene implicaciones para las empresas, ya que les obliga a ser más cautelosas a la hora de tomar la decisión de despedir a un trabajador por causas disciplinarias.
En definitiva, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León contribuye a un mayor equilibrio en las relaciones laborales, al proteger los derechos de los trabajadores a la vez que reconoce la potestad de las empresas para modificar sus decisiones en determinados casos.
La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León abre una nueva vía para la resolución de los conflictos derivados de los despidos disciplinarios. La posibilidad de retractación empresarial, si bien sujeta a determinados requisitos, supone un avance en la protección de los derechos de los trabajadores.
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