Nuestros colaboradores en subvenciones pueden informarle y asesorarle para poder obtenerla.
Nueva subvención derivada del COVID-19 a micro y pequeñas empresas industriales
Esta nueva subvención de la Generalitat está destinada a micro y pequeñas empresas industriales y también a autónomos con asalariados del sector industrial. Nuestros colaboradores en subvenciones pueden informarle y asesorarle para obtenerla.
Gremicat tiene un acuerdo de colaboración con la consultora CISLE (Centro de Información Social Laboral y Empresarial), que ofrece servicios orientados a la búsqueda y tramitación de subvenciones para empresas y autónomos, y asesora a todos los clientes de Gremicat sobre todas las subvenciones derivadas del COVID-19 que vayan saliendo
Pueden solicitar información sobre si su actividad industrial está incluida y asesoramiento sobre esta y otras posibles subvenciones a:
Sr. Joaquín Novales
info@cisle.es
Telf. 630 75 12 59
Portal de l´Angel, 36 Edif. Networkia
08002-Barcelona.
¿Qué se subvenciona?
1.500 para cada puesto de trabajo de carácter indefinido mantenido desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020 (con un límite máximo de ayuda para cada tramo de número de trabajadores).
¿A quién está dirigido?
A micro y pequeñas empresas industriales y también a autónomos con asalariados, de los siguientes sectores de actividad:
– 10 Industrias de productos alimentarios
– 11 Fabricación de bebidas
– 12 Industrias del tabaco
– 13 Industrias textiles
– 14 Confección de prendas de vestir
– 15 Industria del cuero y del calzado
– 16 Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería
– 17 Industrias del papel
– 18 Artes gráficas y reproducción de apoyos grabados
– 19 Coquerías y refinación del petróleo
– 20 Industrias químicas
– 21 Fabricación de productos farmacéuticos
– 22 Fabricación de productos de caucho y materias plásticas
– 23 Fabricación otros productos minerales no metálicos
– 24 Metalurgia; fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleajes
– 25 Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipos
– 26 Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos
– 27 Fabricación de materiales y equipos eléctricos
– 28 Fabricación de maquinaria y equipos ncaa
– 29 Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques
– 30 Fabricación otros materiales de transporte
– 31 Fabricación de muebles
– 32 Industrias manufactureras varias
– 33 Reparación e instalación de maquinaria y equipos
– 35 Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
– 36 Captación, potabilización y distribución de agua
– 37 Recogida y tratamiento de aguas residuales
– 38 Actividades de recogida, tratamiento y eliminación de residuos; actividades de valorización
– 39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos
Los autónomos siempre y cuando sean de los sectores de actividad indicados anteriormente y dispongan de trabajadores asalariados con contrato indefinido a mantener hasta el 31 de diciembre.
NO pueden pedir la ayuda los autónomos sin trabajadores asalariados con contrato indefinido.
¿Qué condiciones hay que cumplir?
– Tener menos de 49 trabajadores
– Acreditar una reducción de la cifra de ventas del 33% o superior, en el periodo 1 de marzo a 30 de abril del 2020, en relación con el mismo periodo del año 2019
– Comprometerse al mantenimiento de los puestos de trabajo con contrato indefinido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2020.
¿Qué pasa si no puedo cumplir el compromiso de mantenimiento de la ocupación?
Se considera cumplido el objeto de la subvención si se mantiene como mínimo el 80% de los puestos de trabajo, aplicándose la reducción proporcional de la ayuda. Por debajo de este porcentaje la ayuda se revocará.
No, solo se puede pedir una única ayuda de este tipo por empresa, pero es compatible con otras líneas de ayudas.
¿Hasta cuándo se puede pedir la ayuda?
Se ha publicado en el DOGC el 11 de junio, y se puede pedir hasta 20 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria.
Para ampliar esta información y saber si pueden acceder a ella pueden ponerse en contacto con nuestros colaboradores en subvenciones: Sr. Joaquín Novales, email: info@cisle.es, móvil 630 75 12 59, y con despacho en Avda. Portal de l´Angel, 36 Edif. Networkia, de 08002-Barcelona.