Muchos cotizantes en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) están recibiendo una serie de cargos no habituales por parte de la Seguridad Social, añadidos al pago de su cuota habitual.
Regularización de cuotas del año 2020
Desde el pasado mes de octubre 2020, los trabajadores por cuenta propia han experimentado una subida de su cuota, la cual es directamente proporcional a su cuota. Así, por ejemplo, a los trabajadores que cotizan por la mínima les ha supuesto un incremento de casi tres euros (en concreto, de 2,84 euros).
Esta subida viene de atrás, ya que se recogía en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre (que en su Disposición Transitoria segunda recogía el aumento de los tipos de cotización aplicables a los trabajadores autónomos en el período 2019-2021).
La normativa debía haberse aplicado en enero de 2020 pero, debido a la situación económica, el Gobierno decidió atrasarlo hasta el pasado mes de octubre. De este modo, ahora corresponde abonar las diferencias, entre la cotización anterior y la recogida en el decreto, de forma retroactiva.
En enero de 2021, se han aplicado los tipos establecidos en el RDL 28/2018 (1,3 y 0,9) por lo que la cuota se ha visto incrementada en 0,3% con respecto a la cuota de 2020. Ahora bien, la Disposición Adicional Quinta del RDL 2/2021, ha establecido que a partir del 1 de febrero de 2021 y mientras no se lleve a cabo la subida del salario mínimo interprofesional para el año 2021 no será de aplicación lo previstos en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, por lo que los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar serán los vigentes a 31 de diciembre de 2020.
En consecuencia, a partir de febrero de 2021 la cuota de autónomos es la misma que se venía pagando el 31 de diciembre de 2020, pero la seguridad social está pasando estos últimos meses al cobro cada mes las diferencias de cotización correspondientes a los meses de enero a agosto de 2020 (las diferencias de septiembre de 2020 se pasaron al cobro en noviembre de 2020).
El incremento del año 2021 ahora está paralizado. No hay que olvidar que se está pagando la deuda del 2020 pero no el incremento del 2021 que está paralizado. Si la Seguridad Social no condona estos meses que comienzan a correr a partir de febrero habría que sumar también la deuda que se está generando actualmente en 2021.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral.