Hasta el 30 de junio, si tiene menos de 50 trabajadores, puede acumular el crédito de este año al crédito formativo de los dos años siguientes.
Su empresa dispone de un crédito para gastar en formación que se calcula, según el tamaño de su empresa, aplicando un porcentaje sobre las cotizaciones por formación profesional efectuadas en el año anterior. Por ejemplo, si tiene entre 10 y 49 empleados, el crédito es del 75% de dichas cotizaciones.
Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puede reservar el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio, y acumularlo en los dos ejercicios siguientes. Está opción no era posible antes del 2018.
Para poder ejercer esta opción, debe efectuar una comunicación a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). En concreto, en la aplicación de su página web que sirve para notificar la formación bonificada, acuda a la pestaña Características y marque la casilla que se ha creado a estos efectos.
Eso sí, no se demore. La comunicación indicada se debe realizar hasta como máximo el 30 de junio. Si se le pasa este plazo, no podrá acumular en el futuro el crédito del año en curso.
Para ampliar esta información sobre el crédito para formación, consulte con Asesoría laboral