El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) ya está en vigor desde el 1 de julio de 2017. Presentación de los libros registro del IVA por vía electrónica a través de la AEAT.
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Obligatorio para:
-Grandes empresas (facturación superior 6.010.121,04 en el año anterior)
-Grupos de IVA e inscritos en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA)
-Empresas adheridas de forma voluntaria (a través declaración censal)
Recomendaciones:
-Tener claros los períodos de envio de la documentación a la Agencia Tributaria
-Adaptar la gestión contable y facturación de la empresa a los nuevos términos marcados por el SII.
-Programas informáticos compatibles para envio automatizado de la documentación a la Agencia Tributaria.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría fiscal