Recordamos que a partir del 1 de septiembre de 2012 entran en vigor los nuevos tipos de IVA y la nueva retención de profesionales aprobada en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Se debe tener presente:
- Emitir las facturas, a partir 1 de septiembre (incluido), con los nuevos tipos.
- Revisar las facturas recibidas, de proveedores, que se apliquen correctamente los nuevos tipos.
- Si tienen programas de facturación que estén preparados para la aplicación de las nuevas tarifas.
- Tener presente que para la presentación, en el mes de octubre, de los impuestos del 3ºtrimestre de 2012 deberán informarse todos los tipos de IVA.
Para revisar los nuevos tipos de IVA acceder a nuestro artículo link
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El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.