– Voluntariedad,las pymes y autónomos (que no tributen en el sistema de módulos) con una cifra de negocios inferior a dos millones de euros podrán decidir voluntariamente si aplican el criterio de caja o siguen utilizando el criterio de devengo, las empresas que utilicen el criterio de caja deberán mantenerse en él durante un periodo mínimo que puede ser de dos años.
– Mayor control fiscal, Hacienda planea obligar a estas empresas y autónomos a llevar un libro registro de los cobros del IVA, esto supondría un incremento del papeleo y de los costes de gestión.
– Criterio de caja para proveedor y cliente, la empresa que vende un bien o preste un servicio no deberá ingresar el impuesto hasta cobrarlo pero, la sociedad que compra tampoco podrá deducirse el IVA hasta que pague la deuda, esto puedo provocar que las grandes empresas que gestionan el impuesto a través de programas informáticos, para evitar complejidades contables, elijan operar con sociedades que no utilicen el criterio de caja.
– Sin régimen transitorio, se había estudiado aplicar este criterio en los primeros años, solo a las empresas o autónomos que contraten con las Administración Pública pero un principio entrara en vigor con carácter general.
En nuestra opinión, este nuevo criterio (si no hay nuevas modificaciones) exceptuando aquellas pymes y autónomos que su principal cliente sea el sector público, resulta un tanto farragoso y provoca cierta inseguridad jurídica ya que implica ir coordinados cliente y proveedor acompañado de un mayor control administrativo. Se trata de una buena noticia y que tiene dicho régimen tiene que simplificarse para que sea operativo y no crear inseguridad jurídica
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