El Diario Oficial de la Generalitat, núm. 5785 de fecha 29 de diciembre de 2010, publica la Orden ECF/610/2010, de 13 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Pla Renova’t de finestres de Catalunya, y se hace pública la convocatoria para el año 2011.
Convocatoria. Se publica en el DOGC la convocatoria para el año 2011 para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas.
Vigencia. La vigencia de este Plan será desde el día siguiente de la publicación de esta Orden hasta el 30 de septiembre de 2011, o hasta agotar el presupuesto disponible para cada una de las líneas.
Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para presentar solicitudes será desde el 17 de enero de 2011 hasta al’30 de abril de 2011.
Plazo de ejecución. La compra e instalación de las aberturas subvencionadas se podrá realizar a partir del 1 de enero de 2011 y hasta al’30 de septiembre de 2011.
Plazo de justificación. El beneficiario de la subvención deberá justificar el gasto para la que solicitó la ayuda, como máximo, el 30 de septiembre del año 2011.
Beneficiarios y requisitos. Se considerarán beneficiarios y podrán acogerse a las ayudas reguladas en esta Orden todas las personas físicas y jurídicas que se citan a continuación:
a) Por viviendas particulares: familias (se incluyen las comunidades de bienes formadas por familias)
b) Por edificios del sector terciario y actuaciones integrales en bloques de vivienda: familias (se incluyen las comunidades de propietarios formadas por familias), empresas privadas, instituciones sin ánimo de lucro, fundaciones y otros entes corporativos.
Pago. El pago de la ayuda se realizará por transferencia bancaria al número de cuenta corriente indicada por el beneficiario impreso de solicitud.
Importe ayudas.
– 130 euros por metro cuadrado de cada ventana que cambie.
– 40 euros por metro cuadrado de persiana o protección solar que cambie.
– El importe máximo por vivienda será de 4.000 euros
Requisitos.
El gasto mínimo efectuado debe ser 1.000 más iva
El pago a la empresa instaladora de las ventanas se realizará por transferencia bancaria.
Las nuevas ventanas deberán tener el marcado CE
Si las nuevas ventanas son metálicas (aluminio, acero, etc …) deben tener rotura de puente térmico.
Si tiene tapa de persiana, la tapa debe tener una transmitancia térmica inferior o igual a 1,3 W/m2K
La transmitancia térmica de la nueva ventana debe ser inferior a un cierto valor dependiendo en qué zona climática se encuentre la vivienda. Para Barcelona esta transmitancia deberá ser inferior o igual a 2,4 W/m2K Aunque pueda parecer complicado, no lo es. Contacte con una empresa instaladora que se ocupe de ello gratuitamente y usted no tendrá que preocuparse de nada.
Por otra parte, usted debe cumplir los requisitos para poder acogerse al Plan Renove:
Estar empadronado en la dirección donde se realiza el cambio de las ventanas. Puede ser su vivienda de propiedad o alquilado.
No tener deudas con las administraciones públicas
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Este escrito es una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada se someterá al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT SL cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.