Aunque en su empresa no se produzcan accidentes de trabajo, o aunque no haya ningún empleado que le haya denunciado, puede ocurrir que la Inspección lleve a cabo campañas preventivas orientadas a determinados sectores.
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(por ejemplo, para reducir la contratación fraudulenta en el sector de la hostelería, o para reducir la siniestralidad laboral en plantas de producción).
Recuerde que, en caso de inspección, su empresa deberá justificar que dispone de un plan de prevención de riesgos laborales.
Para cumplir con las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, todas las empresas deben elaborar y conservar un plan de prevención de riesgos laborales. Se trata de un documento que, aparte de los datos genéricos de la empresa, debe reflejar el tipo de riesgos laborales que existen tanto con relación a la empresa como respecto al puesto de trabajo de cada empleado.
Una vez determinados los riesgos existentes, se debe llevar a cabo una planificación para corregirlos y minimizarlos. De este modo, si su empresa dispone de una máquina que hace un ruido superior al permitido, el plan de prevención debe prever tal situación, así como proponer soluciones al problema (posibilidad de tapar la máquina, utilización de equipos de protección individual, etc.). Si su empresa entrega EPI a los trabajadores, hágales firmar un documento donde conste la fecha de entrega, así como una explicación acerca de su uso (cómo y por qué se utilizan).
También deberá justificar que ha formado e informado a sus trabajadores sobre los riesgos existentes en su puesto de trabajo. Para ello, guarde un certificado conforme todos los trabajadores han recibido formación suficiente y adecuada para la actividad que llevan a cabo, tanto en el momento de su contratación como si se producen cambios en sus funciones. Si la actividad de la empresa es peligrosa (por ejemplo, construcción), repita la formación y la información una vez al año.
Además del plan de prevención (con la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva), las empresas están obligadas a controlar el estado de salud de los trabajadores. Esto se hace a través de las revisiones médicas, para determinar si las funciones a realizar en la empresa suponen un riesgo para la salud de los trabajadores. Las revisiones médicas, en principio, son voluntarias, por lo que si algún empleado de su empresa se niega a hacérsela, hágale firmar un documento donde conste su renuncia. De este modo, usted ya estará cubierto frente a cualquier requerimiento de la Inspección en esta materia.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral