Los desempleados que, en el período comprendido entre el 16-8-2011 y el 15-2-2012, agoten la prestación de desempleo y no tengan derecho a ningún subsidio o lo hayan agotado pueden percibir una ayuda de económica del 75% del IPREM.
La ayuda económica del 75% del IPREM que estaba prevista para el período del 16-2-2011 al 15-8-2011, se prorroga por 6 meses para las desempleados que estén inscritas en la Oficinas de Empleo por extinción de su relación laboral que, dentro del período comprendido entre el día 16 de agosto de 2011 y el día 15 de febrero de 2012, ambos inclusive, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la ley, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas prórrogas.
– que no exista participación de la persona beneficiaria en alguno de los servicios incluidos en el itinerario, con excepción del supuesto de maternidad o paternidad;
– que no se mantenga la inscripción como demandante de empleo por causa de colocación de la persona beneficiaria y los días de prestación económica por incapacidad temporal a la que pudiera acceder a partir del cese en dicha colocación.
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