RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2008, por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos al pagador de rendimientos del trabajo o de la variación de los datos previamente comunicados.
El Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre, ha introducido una serie de novedades en el ámbito de las retenciones e ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre los rendimientos del trabajo:
Incorporación de una nueva reducción de dos enteros del tipo de retención, aplicable sobre los rendimientos
del trabajo personal de los contribuyentes que hubiesen comunicado a su pagador que destinan cantidades
para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, utilizando financiación ajena por las que vayan a
tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, debiendo cumplir como requisito que la
cuantía total de sus retribuciones anuales previsibles sea inferior a 33.007,20 euros. La citada reducción no
podrá dar lugar a un tipo de retención negativo.
Para la aplicación de la mencionada reducción, los contribuyentes deberán comunicar al pagador que están
destinando cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, utilizando financiación ajena,
por las que vayan a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.
Se establece que cuando el contribuyente deje de satisfacer cantidades para la adquisición o rehabilitación de
su vivienda habitual utilizando financiación ajena o, cuando sus retribuciones superen la cuantía de 33.007,2
euros, deberá comunicarlo a su pagador en el plazo de diez días desde que tales situaciones se produzcan.
En la presente resolución se aprueba un nuevo modelo 145, que sustituye al vigente hasta ahora y que lleva
a cabo la necesaria adaptación del contenido de la comunicación a las modificaciones normativas anteriormente
comentadas, relativas a los pagos por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual utilizando
financiación ajena.