Los requerimientos de la Agencia Tributaria son comunicaciones que nos hace Hacienda para aclarar la falta de presentación de un impuesto o aclarar las divergencias entre la declaración presentada por el contribuyente y los datos que obtiene Hacienda.
Estos requerimientos, para las personas físicas se envían por correo certificado en dos intentos si no se reciben o recogen dichas comunicaciones se publican en el Boletín Oficial de la Provincia con lo cual el interesado se da como notificado. En el caso de las personas jurídicas estos requerimientos se notifican vía telemática (desde el 2011 Hacienda envía las notificaciones a través de la dirección electrónica habilitada).
Desde la fecha de recepción del requerimiento, disponemos de diez días hábiles (computan todos los días excepto domingo y festivos) para contestar, bien personalmente o bien mediante un represente debidamente acreditado a dicho requerimiento o incluso por medios electrónicos a través de la página web de Hacienda.
Cuando las notificaciones incluyen una declaración paralela, es decir, incluye un resumen de la declaración presentada por nosotros contrastada con otra calculada con los datos que tiene Hacienda, si en el plazo de diez días no efectuamos alegaciones, la liquidación, presentada en forma de propuesta de liquidación, es firme y no se puede revocar.
Si la liquidación de Hacienda resulta a pagar, recibiremos otra notificación con la carta de pago.
Si no estamos conformes con esa propuesta de liquidación, podemos realizar alegaciones a dicha propuesta a través de los modelos incluídos en ese requerimiento. La Agencia Tributaria responderá aceptando o rechazando nuestro alegato. Si es aceptando se cerrará el expediente y si es rechazado y sale una cantidad a pagar, recibiremos conjuntamente una carta de pago indicándonos los plazos para pagar dicho importe.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría Fiscal
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.