Cada día es más habitual encontrarnos con la reclamación de las deudas y pedir la responsabilidad a los administradores de las empresas.
Reclamación de deudas y pedir responsabilidad a los administradores.
Actualmente, es cada día más habitual, encontrarnos con empresas que, debido a la situación actual de crisis, han dejado de atender sus pagos a proveedores y no disponen de activo o liquidez para poder responder de las deudas que han asumido.
En algunas ocasiones dichas empresas han cerrado sus puertas, en otra siguen funcionando, pero en ambos casos han dejado de atender sus pagos, viéndose frustradas las legítimas expectativas de cobro de acreedores que, en no pocos casos, se enfrentan a empresas insolventes que no podrán responder a sus deudas o incluso que, aun teniendo bienes, éstos se encuentran ya gravados o embargados, por lo que la realidad del cobro se hace difícil.
Pues bien, ante la situación de insolvencia de la empresa, siempre nos queda la posibilidad de que sean los propios administradores de dichas empresas quienes respondan de las deudas contraídas por la sociedad. Las vías para interponer acciones contra los administradores pueden ser diversas y no exentas de cierta complejidad, y dependerá de que la empresa a quien pretendemos reclamar se encuentre en concurso de acreedores o no.
Frente a ello en Gremicat somos abogados especialistas en la reclamación de deudas a los administradores de empresas en toda Cataluña, reclamaciones que, al ir ya dirigidas contra el patrimonio personal del propio administrador de la sociedad desleal suelen ir acompañadas de un porcentaje de recobro elevado.
La responsabilidad que pueden tener los Administradores frente a terceros o acreedores de la empresa nace como consecuencia de su negligencia en la gestión de las obligaciones societarias.
La Ley de Sociedades de Capital establece que una sociedad se encuentra en causa de disolución, cuando ésta Arrastrar pérdidas que dejen reducido su patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad de su capital social. Para evitar esta situación, la empresa debe aumentar su capital o reducirlo en la medida suficiente, siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.
En caso de que la empresa se encuentre claramente en causa de disolución, el administrador tiene la obligación de convocar en el plazo de dos meses a la Junta General para que adopte los acuerdos que estimen convenientes, ya sea aprobar la disolución, acordar un aumento o reducción de capital o si fuera necesario acordar que se presente la solicitud de concurso de la sociedad. Si el Administrador, no llegará a cumplir con esta obligación, responderá solidariamente de las deudas frente a cualquier acreedor que adquiera la compañía de forma posterior a la causa de disolución.
Mecanismos para proteger el patrimonio (los bienes personales) del Administrador.
El administrador único tiene tres instrumentos para proteger tu patrimonio personal y familiar:
– Separación de bienes. Cuando alguien es nombrado administrador único, tiene que asumir que, en caso de problemas, puede llegar a responder con sus bienes presentes y futuros por lo que es fundamental que antes de asumir el cargo, proteja su patrimonio personal y familiar, bien haciendo separación de bienes, o bien, poniéndolos a nombre de otra persona. Es preferible adoptar esta precaución antes de aceptar el cargo y, por supuesto, mucho antes de que se produzca alguna situación imputable (como mínimo, dos años antes), porque en este último caso puede considerarse como un delito de alzamiento de bienes.
– Documentos parasociales. En las sociedades pequeñas es habitual que, aunque uno de los socios sea el administrador, los otros dos o tres socios también tomen decisiones. En estos casos se suelen firmar acuerdos, que se llaman parasociales, por los cuales el resto de los socios se compromete a asumir las deudas a partes iguales. Aunque es un documento que no tiene validez ante terceros (que reclamarían al administrador), sí lo tiene a nivel interno y es aceptado por el Código Civil. De manera que el administrador puede reclamar su parte al resto de socios.
– Seguros específicos. En función del volumen de negocio es aconsejable suscribir un seguro de responsabilidad de administradores y altos ejecutivos de sociedades mercantiles. Es un medio de protección frente a la responsabilidad de los administradores que hayan causado daño a terceros o que devengan deudores por incumplimiento imputable de determinadas prestaciones, además de otras normas sectoriales (ambientales, concursal, etc.). Siendo un seguro de responsabilidad civil, presenta un carácter preventivo, y suelen ser caros.
Por tanto, ser administrador de una empresa representa un compromiso serio. Los administradores representan a la compañía y gestionan su actividad diaria, en principio, no responderán nunca por los actos o deudas de la sociedad, siempre y cuando actúen de forma diligente y conforme a la Ley. Para ello, es imprescindible que los Administradores conozcan cuáles son los límites de sus funciones y las obligaciones específicas de su cargo de conformidad a la Ley, Estatutos Sociales o, en su caso, las derivadas de un Acuerdo de Socios.
Si necesita asesoramiento sobre cualquier aspecto relacionado con el tema de responsabilidad del administrador no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
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