En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero. El salario en especie no puede nunca dar lugar a una reducción de esa cuantía. Este salario se entiende referido a una jornada legal de trabajo de cada actividad a tiempo completo, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realiza una jornada inferior se debe percibir prorrateada.
El Salario Mínimo Interprofesional 2014 supone una nueva congelación del SMI como ya sucedió en el 2013.
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