La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (T.S.), ha considerado que las primas, abonadas por la empresa, por un seguro de vida y accidente para sus trabajadores, constituyen una retribución en especie.
Por tanto, los seguros de vida y accidente abonados por una empresa a sus trabajadores deberán computarse como salario regulador de la indemnización por despido.
La aplicación de computar como salario regulador de la indemnización por despido debe realizarse con independencia de que el seguro se hubiera estipulado individualmente o por un compromiso de carácter colectivo.
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
El presente escrito constituye una mera Nota Informativa, no pudiendo ser tenida en cuenta como base para un consejo jurídico. En consecuencia, cualquier actuación a realizar de acuerdo con la información facilitada deberá someterse al preceptivo análisis por parte de un profesional especialista en la materia, declinando GREMICAT S.L. cualquier responsabilidad por un uso inadecuado de la presente comunicación.