Obligaciones del trabajador.
El trabajador tiene la obligación de entregar a la empresa una copia de lospartes médicos de baja y de confirmación, en el plazo de 3 días desde su expedición.
Si se trata de un parte médico de alta lo deberá presentar a la empresa dentro de las 24 horas siguientes.
El incumplimiento de tales obligaciones puede ser causa de despido.
Asimismo, el trabajador tiene la obligación de no realizar actividades perjudiciales para su estado, su incumplimiento también puede ser causa de despido.
Obligaciones del empresario
La empresa, recibido el parte médico de alta, baja o confirmación cuyo ejemplar no puede contener información de la tipología de la enfermedad entregado por el trabajador, lo deberá remitir, dentro del plazo de 5 días desde su recepción, a la entidad gestora o mutua, a través del procedimiento del Sistema RED previsto para ello.
El incumplimiento de tales obligaciones o de su transmisión por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, es considerado infracción leve y se sanciona con multa de 60,00 a 625,51 .
Asimismo, la no remisión de los partes médicos puede dar lugar a que el MTAS, a propuesta de la entidad gestora o de la mutua, deje en suspenso las correspondientes deducciones por incapacidad temporal efectuadas en los boletines de cotización.
Oscar Jiménez Piedrafita
Asesoría Laboral