Desde el 1 de enero de 2014 los premios de loterías, apuestas y sorteos organizados por entes públicos, cruz roja y Once están sometidos a un gravamen del 20%. Disfrutan de exención aquellos premios que no lleguen a los 2.500 euros. Si el premio supera dicha cantidad la tributación del premio será por la parte que exceda de los 2.500 euros.
En el momento de cobrar el premio, si la cantidad a cobrar merece practicar retención del 20%, con dicha retención, el premio ya ha tributado y libera al beneficiario de tener que declarar el premio en el impuesto sobre la renta.
Conviene tener en cuenta que la exención de 2.500 euros es por premio o cupón y no por persona. Con lo que un cupón premiado y compartido con varias personas, la exención será de 2.500 euros por el cupón con independencia que lo cobre una persona o varias. La exención se dividirá entre las partes interesadas pero no será superior a 2.500 euros.
Si hay varios beneficiarios y el premio es significativo, vale la pena acudir con los DNI de los beneficiarios ya que a pesar que se pagará lo mismo que si lo declara uno solo, no habrá problemas en justificar para cada beneficiario la procedencia de los ingresos recibidos.
Sobre este tema fui entrevistado recientemente en TVE como se puede ver en el siguiente VIDEO
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