FISCALIDAD DE LAS APORTACIONES
Las aportaciones anuales realizadas a Planes de Pensiones y a los Planes de Previsión Aseguradps (PPA) son deducibles de la base imponible del IRPF hasta el menor de los siguientes importes:
a) El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Para mayores de 50 años el porcentaje se eleva al 50%.
b) 10.000 euros anuales. En caso de contribuyentes mayores de 50 años la cuantía anterior se eleva a 12.500 euros.
FISCALIDAD DE LAS PRESTACIONES
Las prestaciones percibidas tanto en forma de renta como de capital ( prestaciones recibidas en un único cobro), se consideran siempre rendimientos de trabajo. Por tanto, una vez producida la jubilación, tributaremos tanto por la rentabilidad que hayamos obtenido del plan, como por la devolución de las aportaciones que hubiéramos realizado en su dia.
Por este motivo, podemos considerar que los Planes de Pensiones y los PPA no son un instrumento de ahorro fiscal sino de diferimiento (retraso) en el pago de impuestos, hecho que se producirá en el momento del rescate.
Por otro lado, si por motivo de fallecimiento del partícipe las prestaciones son percibidas por sus beneficiarios, estarán exentas de tributar en el impuesto de sucesiones.
Por lo que respecta al Impuesto sobre el Patrimonio, los derechos consolidados están exentos de tributación.
Por último, también es importante saber que pueden realizarse traslados totales o parciales entre Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados (PPA) sin ningún coste ni tributación fiscal.
¿Cuál de los dos productos es más recomendable?
Básicamente, el partícipe debe elegir el producto que más le convenga en función de su perfil ahorrador (conservador, moderado o arriesgado). Obviamente, sólo asumiendo un mayor riesgo se puede pretender una mayor rentabilidad.
Junto al riesgo que se está dispuesto a asumir, el otro gran aspecto que debe tenerse en cuenta a la hora de elegir un Plan de Pensiones o un Plan de Previsión Asegurado concreto es la edad. En principio, cuanto más joven más se puede arriesgar, ya que hay más tiempo para recuperar posibles pérdidas.
En este sentido, los PPA tienen una gran diferencia respecto a los Planes de Pensiones: su forma jurídica es la de un seguro de vida-ahorro, razón por la cual la ley les obliga a garantizar una rentabilidad mínima al vencimiento, cosa que no sucede con todos los planes de pensiones . Por lo tanto, entendemos que los PPA son productos aconsejables para personas con una edad más cercana a la jubilación y que no quieran asumir ningún riesgo.
En cualquier caso, lo más recomendable es dejarse aconsejar por profesionales expertos cuyo propósito sea conjugar la rentabilidad con la seguridad, ya que este tipo de ahorro es muy importante.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría Fiscal
Mas información contactando con Asesoría Gremicat
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